domingo, 15 de noviembre de 2009

GOBIERNO ELECTRÓNICO

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sábado, 14 de noviembre de 2009

CANALCEIBAL


CanalCeibal
Con mucho gusto, les anunciamos el inicio de la emisión de CanalCeibal en dos horarios; en la mañana entre las 10.00 a 12.00hs y en la tarde de 18.00 a 20.00hs.


Inicialmente CanalCeibal podrá verse por su señal específica del Plan Cardales y en el Canal 20 de TCC, Canal 21 de Montecable, Canal de Eventos de Nuevo Siglo, TNU (Canal 5). Posteriormente se sumarán los 100 canales de cable del interior afiliados a la CUTA.

¡Atención! A partir del próximo miércoles 11 de noviembre, comenzará la emisión del programa "Aprendiendo con Ceibal" en Canal 5 (TNU).



La transmisión será los miércoles a las 18.0 hs. y los domingos a las 9.30hs.

Para mayor información adjuntamos documento con el detalle de la programación diaria. Accede



Depto. de Comunicación Plan Ceibal - Latu



Av. Italia 6201 CP: 11500 Montevideo, Uruguay

(598) (02) 6008268

Portal Ceibal

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CAMBIO CLIMÁTICO Y SALUD



Cambio climático y salud


Informe de la Secretaría

1. Existe un amplio y creciente consenso entre la comunidad científica mundial de que el calentamiento del sistema climático es un hecho real y de que está afectando a la salud de las personas. En
vista de las pruebas disponibles, la 61ª Asamblea Mundial de la Salud, en su resolución WHA61.19, pidió a la Directora General, entre otras cosas, que consultara a los Estados Miembros acerca de la preparación de «un plan de trabajo para expandir el apoyo técnico que la OMS presta a los Estados Miembros para evaluar y afrontar las repercusiones del cambio climático en la salud y los sistemas de salud».

2. En consecuencia, se preparó un plan de trabajo, mediante un proceso consultivo, basado en resoluciones
de comités regionales y marcos de acción regionales, así como en las sugerencias presentadas por los Estados Miembros por vía electrónica y en una reunión a la que asistieron 22 países1 seleccionados por los Directores Regionales de la OMS (Ginebra, 9 y 10 de octubre de 2008). El proyecto de plan de trabajo resultante fue examinado y modificado por el Consejo Ejecutivo en su 124ª reunión, en enero de 2009.

3. El plan de trabajo es un marco de actuación para la Secretaría, en el que se tienen en cuenta el clima, la cultura, el desarrollo socioeconómico, los sistemas de salud, la situación sanitaria y la vulnerabilidad de los diferentes Estados Miembros. Está organizado en torno a cuatro objetivos. Se aplicará durante el periodo que abarca el actual Plan Estratégico a Plazo Medio 2008-2013. Está centrado fundamentalmente en los riesgos ambientales para la salud (objetivo estratégico 8), pero varias de las medidas previstas requieren incorporar aspectos relacionados con el cambio climático en otros objetivos estratégicos, en lo cual se está trabajando actualmente.

FINALIDAD GENERAL

4. La finalidad del plan de trabajo es:

• ayudar a los sistemas de salud de todos los países, en particular de los Estados de ingresos bajos y medios y los pequeños Estados insulares, a reforzar su capacidad para evaluar y seguir de cerca la vulnerabilidad, los riesgos y los impactos sanitarios debidos al cambio climático;

• definir estrategias y medidas para proteger la salud humana, en particular la de los grupos más vulnerables, y

• compartir conocimientos y buenas prácticas.

OBJETIVOS Y MEDIDAS PREVISTAS

Objetivo 1. Aumentar la sensibilización

5. Es necesario aumentar la sensibilización acerca de los efectos del cambio climático en la salud, para impulsar la adopción de medidas de salud pública. Una mayor comprensión de los riesgos y los efectos del cambio climático para la salud promoverá y facilitará tanto cambios de comportamiento como el apoyo por parte de la sociedad de las medidas adoptadas para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Asimismo, una mayor sensibilización contribuirá a que los profesionales de la salud lideren el apoyo a la adopción de estrategias rápidas y amplias de mitigación y adaptación, que mejorarán la salud y reducirán la vulnerabilidad sanitaria.

Medidas previstas

6. La Secretaría tomará dos medidas, que se indican a continuación.

Medida 1.1 Preparación de instrumentos, material de orientación, información y paquetes de capacitación para respaldar campañas de sensibilización y promoción destinadas a proteger la salud de los efectos del cambio climático a nivel nacional y regional.

7. Esta medida estará dirigida a diversos grupos de población, en particular a los profesionales de la salud. Se prepararán paquetes educativos para el público en general, sobre todo para grupos vulnerables, como niños y personas de edad, en colaboración con autoridades nacionales y organizaciones no gubernamentales.

Medida 1.2 Preparar y poner en marcha una campaña mundial de sensibilización y promoción destinada a dar a la salud un lugar prioritario en el programa de mitigación del cambio climático y adaptación al mismo a nivel internacional.

8. La finalidad de esta campaña es garantizar que la salud se tenga plenamente en consideración en las negociaciones que están teniendo lugar de cara a la 15ª Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que está previsto celebrar en diciembre de 2009 en Copenhague. La campaña tiene también como objetivo aclarar la función y la intervención necesaria de la población, los formuladores de políticas y otros interesados en la aplicación de medidas relacionadas con la salud para reforzar la adaptación y reducir los gases de efecto invernadero. A este respecto, se aclararán y cuantificarán los beneficios que tienen para la salud diversas opciones posibles en sectores como los de la producción de energía y el transporte. En la campaña se emplearán tanto métodos estándar como enfoques innovadores en plataformas multimedia, y se recabará la participación activa de organizaciones no gubernamentales y grupos de jóvenes interesados.

Objetivo 2. Participar en alianzas con otras organizaciones de las Naciones Unidas y sectores distintos del de la salud a nivel nacional, regional e internacional, con objeto de garantizar que la protección y la promoción de la salud ocupen un lugar destacado en las políticas de adaptación al cambio climático y mitigación de éste

9. Se tratará de establecer alianzas a todos los niveles. Para ello es necesario que el sector de la salud pública desempeñe un papel rector en la promoción de la coherencia normativa entre los distintos sectores y que ejerza influencia en las políticas y las intervenciones que pueden ser beneficiosas para la salud.

Medidas previstas

10. La Secretaría adoptará tres medidas.

Medida 2.1 Participar en los mecanismos y las actividades de coordinación pertinentes del sistema
de las Naciones Unidas.

11. Se concederá particular atención al programa de trabajo de Nairobi sobre las repercusiones del
cambio climático y la vulnerabilidad y la adaptación al mismo de la Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático. La Secretaría trabajará para que las cuestiones de salud se
tengan plenamente en cuenta en los procesos de adopción de decisiones, en la asignación de recursos y
en las actividades de divulgación.

Medida 2.2 Desempeñar la función rectora de la OMS con otros sectores y con organizaciones
afines de las Naciones Unidas.

12. Se reforzará la interacción con otros sectores mediante la preparación de material informativo e instrumentos concretos para aclarar el impacto que pueden tener diversas opciones de desarrollo (por
ejemplo, en los sectores del transporte y la energía) en la promoción y protección de la salud. La ejecución
conjunta de proyectos con otros sectores (por ejemplo, los de la agricultura y la gestión de emergencias) permitirá atender la necesidad de una colaboración intersectorial para mejorar la eficacia de las respuestas de adaptación.

Medida 2.3 Proporcionar al sector de la salud información, instrumentos y asesoramiento, de
manera que pueda participar activamente en mecanismos nacionales, regionales e internacionales.

13. Los representantes del sector de la salud tienen que velar por que las cuestiones sanitarias se
tengan debidamente en cuenta en los comités nacionales, los programas nacionales de acción para la
adaptación y las estrategias regionales e internacionales de adaptación y mitigación. La Secretaría
proporcionará a los Estados Miembros información y datos, así como instrumentos de promoción, para
respaldar la preparación de la documentación necesaria a nivel nacional, facilitar el acceso a recursos y
situar estratégicamente a la salud en las políticas nacionales e internacionales en vigor y futuras.

Objetivo 3. Promover y respaldar la generación de pruebas científicas

14. Existen algunos déficits de conocimientos importantes, en particular acerca del impacto actual y
el posible impacto futuro de los riesgos relacionados con el clima, el grado de vulnerabilidad de la población, las características de los grupos vulnerables, los diferentes tipos de sistemas de vigilancia y alerta y gestión de emergencias, los indicadores más útiles para supervisar y evaluar los criterios de actuación, y la eficacia comparativa de las distintas políticas de adaptación y mitigación para promover y proteger la salud.

Medidas previstas

15. La Secretaría adoptará siete medidas.

Medida 3.1 Evaluar la carga de morbilidad atribuible al cambio climático y hacer una proyección para los años venideros utilizando los enfoques actuales y enfoques nuevos.

16. La Secretaría trabajará en estrecha colaboración con otros organismos científicos pertinentes para actualizar las estimaciones disponibles y tener en cuenta nuevos resultados indirectos no considerados en cálculos anteriores. Está previsto revisar y perfeccionar los instrumentos existentes para facilitar la aplicación de los resultados a nivel regional, nacional y local.

Medida 3.2 Revisar y establecer metodologías y directrices sobre la manera de evaluar la vulnerabilidad
a los efectos relacionados con el cambio climático en la salud a nivel local, nacional y regional.

17. Las evaluaciones de la vulnerabilidad permiten comprender mejor los riesgos actuales y futuros para la salud, así como las incertidumbres conexas. También contribuyen a determinar qué intervenciones pueden reducir la presión sobre los determinantes de la salud sensibles al clima, aumentar la resistencia de la población al cambio climático y reforzar la capacidad de preparación para emergencias y respuesta a ellas.

Medida 3.3 Establecer un centro de intercambio de información sobre las estrategias de protección de la salud aplicadas en los Estados Miembros y difundir ampliamente la información disponible, y realizar una evaluación comparativa de la eficacia de esas estrategias, incluida su costo-eficacia.

18. Algunos países y regiones están llevando a cabo o planificando estrategias e intervenciones. Es necesario documentar y dar a conocer esas iniciativas, y evaluar su eficacia y divulgar los resultados.

Medida 3.4 Respaldar y supervisar las actividades de investigación destinadas a mejorar los conocimientos de salud pública sobre los riesgos sanitarios del cambio climático y las intervenciones más eficaces para gestionar esos riesgos.

19. La OMS ha celebrado un proceso oficial de consultas con investigadores importantes, organismos del sistema de las Naciones Unidas, organizaciones no gubernamentales y donantes, y ha definido esferas prioritarias para las investigaciones futuras en los ámbitos previstos en la resolución WHA61.19. La Organización trabajará con estos y otros asociados pertinentes para establecer los mecanismos financieros y de coordinación que hacen falta para subsanar los déficits de conocimientos observados y crear la capacidad de investigación necesaria, sobre todo en los países en desarrollo.

Medida 3.5 Evaluar el impacto sanitario de las políticas de adaptación y mitigación en otros sectores e identificar las intervenciones más eficaces que pueden ser beneficiosas para la salud.

20. Las decisiones que se toman en otros sectores, como los de la energía, la agricultura y el transporte,
influyen directamente en la salud humana. La aclaración de las repercusiones sanitarias que tienen las decisiones en materia de mitigación y adaptación en esos sectores y el desarrollo de instrumentos para evaluarlas a nivel regional, nacional y local contribuirán a lograr beneficios para la salud y evitar riesgos sanitarios.

Medida 3.6 Definir y desarrollar indicadores para seguir de cerca los resultados sanitarios relacionados
con el cambio climático en el marco de los sistemas de vigilancia establecidos.

21. Se revisarán los sistemas de vigilancia existentes para definir indicadores que se puedan utilizar para identificar y evaluar los riesgos sanitarios relacionados con el clima y la eficacia de las intervenciones.
En caso de ser necesario, se propondrán nuevos indicadores.

Medida 3.7 Colaborar con otras organizaciones científicas pertinentes para llevar a cabo una evaluación internacional completa del costo económico relacionado con los efectos del cambio climático en la salud en distintos contextos en que se han tomado o no medidas de adaptación y mitigación, y proporcionar a los Estados Miembros los medios necesarios para realizar esas evaluaciones a nivel nacional.

22. El Cuarto Informe de Evaluación (2001) del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático y el Informe Stern sobre la economía del cambio climático (2006) han aclarado el impacto económico del cambio climático en la sociedad en su conjunto y en sectores concretos de la economía. Realizar una evaluación similar de los efectos sanitarios sería útil para formular políticas y reforzar el argumento de que es necesario adoptar medidas adecuadas para mitigar el cambio climático y adaptarse a él.

Objetivo 4. Fortalecer los sistemas de salud para afrontar las amenazas sanitarias que plantea el cambio climático, incluidas las emergencias relacionadas con fenómenos meteorológicos extremos y la subida del nivel del mar

23. Cualquier actuación del sistema sanitario destinada a proteger a la población del impacto del cambio climático tendrá que abarcar intervenciones de salud pública del sector formal de la salud, como actividades de lucha contra enfermedades tropicales desatendidas y prestación de atención primaria de salud, y medidas para mejorar los determinantes ambientales y sociales de la salud, que van desde garantizar el acceso a agua salubre y servicios de saneamiento hasta mejorar el bienestar de las mujeres. Un elemento común debe ser la preocupación por garantizar la equidad y conceder prioridad a la seguridad sanitaria de los grupos especialmente vulnerables.

24. Además, es especialmente necesario controlar y reducir los riesgos sanitarios, y reforzar de forma coordinada las medidas de preparación y respuesta a los efectos sanitarios de las emergencias graves
y otras crisis que pueden verse acentuadas por la variabilidad y el cambio del clima.

Medidas previstas

25. La Secretaría tomará seis medidas.

Medida 4.1 Proporcionar apoyo técnico para crear la capacidad necesaria para evaluar y seguir de cerca la vulnerabilidad a los riesgos sanitarios relacionados con el cambio climático.

26. La Secretaría colaborará con los países para desarrollar su capacidad de evaluación de los peligros,
la vulnerabilidad, los riesgos y la capacidad, centrándose en particular en los países de ingresos bajos y medianos y en los pequeños Estados insulares en desarrollo. Entre otras cosas, se impartirá formación sobre el uso de instrumentos concretos preparados para las distintas esferas técnicas pertinentes.

Medida 4.2 Abogar por el fortalecimiento de los servicios de atención primaria de salud (incluida la prevención primaria) para reforzar la capacidad de las comunidades locales de afrontar los riesgos sanitarios relacionados con el clima.

27. Muchas de las respuestas a los desafíos sanitarios planteados por el cambio climático requerirán llevar a cabo intervenciones de atención primaria de salud, incluidas de prevención primaria, en esferas como el control de los vectores, la protección de la salud ambiental y la vigilancia de enfermedades.

Medida 4.3 Movilizar apoyo internacional y orientarlo al fortalecimiento y la financiación urgentes de los sistemas de salud pública a nivel nacional.

28. La Secretaría prestará apoyo al sector de la salud de los Estados Miembros para que participe en
mecanismos internacionales relacionados con el cambio climático y tenga así acceso al apoyo financiero
y político necesarios para adoptar medidas eficaces de adaptación sanitaria al cambio climático.

A la hora de crear infraestructura sanitaria se deben tener en cuenta los riesgos del cambio climático, a
fin de garantizar la seguridad y el funcionamiento adecuado de esa infraestructura en situaciones de
emergencia.

Medida 4.4 Prestar apoyo a la preparación, aplicación y evaluación de planes regionales y nacionales de mitigación y adaptación que requieren la adopción de medidas por parte del sistema de salud.

29. La Secretaría trabajará con los países para establecer y evaluar planes de acción tanto en las esferas
que incumben específicamente al sector de la salud como en esferas de otros sectores cuyas actividades
repercuten en la salud y en los recursos del sector de la salud. Se hará particular hincapié en
la necesidad de incorporar el cambio climático en los actuales programas de salud y de expandir la
capacidad de reducción de riesgos de desastres y de preparación para emergencias y respuesta a ellas,
con el fin de hacer frente al riesgo cada vez mayor de emergencias. Además, se prestará apoyo a los
Estados Miembros que desean disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero dentro del sector
de la salud.

Medida 4.5 Normalizar y respaldar el establecimiento de sistemas de alerta temprana relacionados
con las consecuencias sanitarias de la variabilidad y el cambio del clima.

30. Varios países utilizan sistemas de alerta para informar a la población sobre la manera de prepararse
para afrontar riesgos sanitarios que se deben a fenómenos relacionados con el clima. La OMS
trabajará con otros agentes, como organismos de meteorología, y participará en el intercambio de experiencias sobre las estrategias eficaces y en la normalización y aplicación más amplia de éstas.

Medida 4.6 Respaldar la evaluación de la eficacia de las medidas de gestión de las emergencias
sanitarias para reducir el impacto de los fenómenos extremos sobre la salud con el desarrollo de métodos
de evaluación adecuados y estudios experimentales.

31. La Secretaría prestará apoyo a la realización de evaluaciones más sistemáticas de la precisión de
las alertas y la eficacia de las respuestas social, preventiva y clínica, con miras a proteger la salud de
los grupos de población vulnerables. Los efectos del cambio climático en la salud, los riesgos a largo
plazo derivados de las sequías y la subida del nivel del mar que podrían afectar a la seguridad y la salubridad
del agua y los alimentos, la competencia por los recursos, y el desplazamiento de poblaciones
con necesidades humanitarias son otros tantos de los elementos que habría que integrar en los sistemas
de alerta temprana con planes de evaluación adecuados.

EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS PREVISTAS

32. Las medidas de apoyo a los países descritas en el presente plan de trabajo se aplicarán a través
de la red de la OMS a todos los niveles y haciendo un uso efectivo de los Centros Colaboradores de la
Organización y de la experiencia de otros órganos competentes, como el Grupo Intergubernamental de
Expertos sobre el Cambio Climático. De ser necesario, se designarán nuevos centros colaboradores de
la OMS para que presten apoyo a la ejecución de las actividades en algunas zonas geográficas y con
respecto a temas concretos. Asimismo, se intensificará la colaboración con los centros nacionales e
internacionales de excelencia científica, haciendo especial hincapié en la colaboración con instituciones
de los países más vulnerables a los efectos del cambio climático en la salud. Las actividades de
seguimiento y evaluación se llevarán a cabo mediante los mecanismos y los indicadores previstos en el
Plan Estratégico a Plazo Medio 2008-2013 de la OMS, así como en el presupuesto por programas para
el bienio que corresponda. Se calcula que, a pesar del vertiginoso incremento de las actividades, el
presupuesto para los bienios 2008-2009 y 2010-2011 permitirá cubrir las necesidades. Sin embargo,
habría que volver a evaluar el presupuesto previsto para el bienio 2012-2013 sobre la base de las medidas
que se lleven adelante en el bienio en curso y el siguiente y de las necesidades de colaboración y apoyo de los Estados Miembros.

33. En su 124ª reunión, el Consejo Ejecutivo examinó una versión anterior del presente informe y
adoptó la resolución EB124.R5, por la que aprobó el plan de trabajo sobre cambio climático y salud.

INTERVENCIÓN DE LA ASAMBLEA DE LA SALUD

34. Se invita a la Asamblea de la Salud a que considere la resolución EB124.R5.

= = =

DERECHOS HUMANOS EN EL URUGUAY



Instrumentos Nacionales de Derechos Humanos: Compromiso de todos


Constitución de la República. Sección II. Derechos, deberes y garantías
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Ley de 7-IX-1825. Libertad de vientres y prohibición del tráfico de esclavos
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Ley Nº 242. Esclavitud. Su abolición en todo el territorio de la República, y disponiendo que los que han sido esclavos sean destinados al servicio de las armas
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Ley Nº 316. Esclavitud. Supresión del Patronato sobre los menores de color
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Ley Nº 343. Esclavos. Su declara piratería su tráfico
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Ley Nº 3.238. Pena de Muerte. Queda abolida la que establecen los Códigos Penal y Militar
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Ley Nº 13.482. Delito de Genocidio. Se aprueba la Convención para la prevención y sanción
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Ley Nº 13.657. Convenio sobre Abolición del Trabajo Forzoso
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Ley Nº 13.670. Discriminación Racial. Se aprueba la Convención Internacional sobre la eliminación de todas sus formas efectuada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
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Ley Nº 13.671. Se aprueba la Convención sobre Seguridad de la Vida Humana en el Mar, celebrada en Londres
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Ley Nº 13.683. Protección de las victimas de la guerra
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Ley N° 13.684. Pruebas nucleares en la atmósfera y debajo del mar
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Ley Nº 15.737. Amnistía de todos los delitos políticos, comunes y militares conexos con éstos, cometidos a partir del 1º de enero de 1962.
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Ley Nº 13.751. Derechos Humanos. Se aprueban los Pactos Internacionales y el Protocolo Facultativo
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Ley Nº 13.777. Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados.
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Ley Nº 15.798. Asamblea General de las Naciones Unidas. Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes
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Ley Nº 15.848. Funcionarios Militares y Policiales. Se reconoce que ha caducado el ejercicio de la Pretensión Punitiva del Estado respecto de los delitos cometidos hasta el 1º de marzo de 1985
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Ley Nº 15.892. Convención Internacional contra el Apartheid en los deportes
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Ley Nº 16.048. Modificación del Articulo 149 del Código Penal
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Ley Nº 16.063. Convenios Internacionales destinados a garantizar los derechos humanos fundamentales.
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Ley Nº 16.137. Convención sobre los Derechos del Niño
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Ley Nº 16.279. Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Destinado a Abolir la Pena de Muerte
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Ley Nº 16.294. Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura
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Ley Nº 16.461. Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos Relativo a la Abolición de la Pena de Muerte
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Ley Nº 16.519. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales
Leer

Ley Nº 16.520. Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción
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Ley Nº 16.643. Convenios Internacionales del Trabajo
Leer

Ley Nº 16.724. Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas
Leer

Ley Nº 16.735. Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
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Ley Nº 17.107. Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.
Leer

Ley Nº 17.330. Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Personas con Discapacidad.
Leer

Ley Nº 17.338. Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
Leer

Ley Nº 17.347. Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad.
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Ley Nº 17.483. Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados.
Leer

Ley Nº 17.510. Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
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Ley Nº 17.559. Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.
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Ley Nº 17.724. Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza.
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Los Derechos Humanos en el uruguay


Los Derechos Humanos en el Uruguay






El tema de la vigencia y concreción de los Derechos Humanos en el Uruguay de estos días es una cuestión central y una prioridad del Gobierno de la República.



Los Derechos Humanos son una construcción humana, realizada a lo largo de los años por los pueblos y las comunidades, que recogen objetivamente en el texto de las normas, determinadas necesidades humanas.



No son entelequias ni expresiones de deseos, son herramientas concretas para enfrentar la miseria, la injusticia y los crímenes contra la humanidad.



Art. 7° Los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad. Nadie puede ser privado de éstos derechos sino conforme a las leyes que se establecen por razones de interés general.



Constitución de la República



Cuando un país adhiere a un Tratado Internacional, Convención o Pacto, lo hace de manera soberana, libre y voluntaria; cede parte de su soberanía para ponerla en manos de organismos supranacionales que pueden tomar decisiones vinculantes, o sea, con efecto jurídico interno en la vida del país. De hecho, se entiende que toda norma de Derecho Internacional ratificada por un país, se convierte de inmediato en derecho positivo, en Ley del mismo rango que una norma sancionada por el Parlamento de ese país.



Entonces, los textos de las normas de Derecho Internacional ratificadas por el país, no son valores, ni meras elaboraciones ni expresiones de deseos. Son derechos y obligaciones que deben cumplirse, como debe cumplirse la Ley; si los Estados no garantizan el cumplimiento de esos derechos, incurren en responsabilidad.



“…Este gobierno será un gobierno de cambios, cambios necesarios, porque aquí hubo un proyecto de país que se derrumbó sobre los más débiles, y un estilo de gobierno al cual también la historia le pasó por arriba.



Cambios posibles, trabajaremos con la mirada en la utopía y los pies en la realidad.



Cambios responsables, y de esto no tenemos que dar muestras ni cuentas a nadie que así va a ser.



Cambios continuados, el cambio no es una mutación genética, no se puede lograr de la noche a la mañana, es un proceso evolutivo, y en él estamos todos involucrados.



Cambios progresivos, para mejorar todos los días un poco más.



Cambios con sentido de nación, así como todos personalmente necesitamos proyectos de vida, los países necesitan visiones de futuro compartidas sobre sí mismos para progresar. Un país sin perspectivas es un lugar demasiado peligroso.Cambios con la gente como centro y norte, porque los países son no su superficie, no su bandera, no su escudo, todo ello pero mucho más: son su gente.”



Fragmento del discurso del Presidente Tabaré Vázquez

en la escalinata del Palacio Legislativo

1° de marzo de 2005.



La vigencia de los Derechos Humanos implica relaciones entre las personas, entre las personas y las instituciones y entre las personas, las instituciones y el Estado. Por ello la tarea práctica de protección de los Derechos Humanos, tiene ante todo, carácter nacional y es responsabilidad principal del Estado; aunque necesita imperiosamente del concurso de las organizaciones nacionales, gubernamentales o no gubernamentales, para promover, proteger y vigilar el cumplimiento de los mandatos de la Ley y que se cumpla la plena vigencia de los Derechos Humanos.



La plena realización de los Derechos Humanos no puede lograrse sólo a través de la elaboración de leyes que los protejan y de mecanismos que a su vez hagan cumplir las leyes.



La promoción de los Derechos Humanos supone un proceso de sensibilización y de educación sobre el tema, porque la protección de los Derechos Humanos depende de que las personas conozcan sus derechos y los mecanismos que existen para hacer respetar esos derechos.



Todos los miembros de la sociedad deben conocer las obligaciones y responsabilidades que les incumben conforme al Derecho Nacional e Internacional, deben saber que hay responsabilidad en caso de violar los Derechos Humanos; pero que también pueden actuar para defender los derechos de las personas. Todos debemos tener presentes nuestras responsabilidades para con nuestros semejantes.



El ejercicio de un derecho tiene como límite el derecho del otro, asimismo, existe un compromiso y responsabilidad social de garantizar y proteger los derechos de todos los integrantes de la sociedad.



El Gobierno de la República se encuentra plenamente identificado con los compromisos internacionales asumidos y dispuesto a cumplir rigurosamente con la Constitución y con la Ley.



Hay un antiguo compromiso político de poner en el primer lugar de la agenda de trabajo las necesidades de la gente. Primero la gente, que es el objeto y el fin de la acción de gobierno.



“…Ahora bien, dentro del Programa de Gobierno y de las prioridades del Gobierno, ¿cuáles son las prioridades de vuestro Presidente, este humilde servidor? En primer lugar desarrollar el pilar de los principios y valores, honestidad en los procedimientos, austeridad, lucha frontal contra la corrupción o cualquier forma de tratamiento irresponsable de los bienes públicos, tolerancia, respeto, abierto al diálogo, buscaremos todos los caminos de diálogo y de entendimiento -reitero- para ensanchar esas bases de apoyo político y de apoyo social, para lo que necesita el país llevar adelante que son cambios urgentes.



Respeto a todas las libertades, libertad de información, libertad de expresión, libertad de prensa, libertad de pensamiento, libertad para ser felices, uruguayas y uruguayos, respeto a los derechos humanos.”



Fragmento del discurso del Presidente Tabaré Vázquez

en la escalinata del Palacio Legislativo

1° de marzo de 2005.